Sandra Arroyo Salgado sobresee a Ernestina Herrera de Noble en la causa por apropiación de bebés en la dictadura.


Después de trece años de causa (2001) y de innumerables trabas y atajos propuestos por los abogados de Clarín, la jueza federal de San Isidro, Sandra Arroyo Salgado, sobreseyó a la empresaria a cargo del Grupo Clarín, Ernestina Herrera de Noble

Sandra Arroyo Salgado, ni más ni menos que la ex mujer del fallecido fiscal Alberto Nisman y querellante en esa causa (ya tomada por el gobierno de Macri), entendió que no había ninguna evidencia en la causa iniciada por Abuelas de Plaza de Mayo. La denuncia había sido hecha en el marco de la apropiación de hijos de desaparecidos durante la dictadura.

La jueza cruzó la información genética de los hijos de Herrera de Noble, Marcela y Felipe, con datos del banco genético que reúne los perfiles de ADN de familiares de deparecidos.


Arroyo Salgado también rechazó el pedido que había realizado el fiscal Federico Domínguez para indagar a la dueña de Clarín.

Un dato (cualquiera): las partidas de nacimiento de los bautizados Marcela y Felipe no tienen ni fecha de nacimiento ni dato alguno sobre sus padres. Ernestina contó que la niña fue encontrada en la puerta de su casa en una caja de cartón. Y la fecha de nacimiento elegida para Felipe fue 23 de marzo de 1976.

El fallo se produjo en momentos de realineamientos de la familia judicial. La jueza lo firmó el mismo día en que sobreseyó a una banda de ex espías que hackearon cuentas de mail de funcionarios kirchneristas y de la propia ex presidenta (30-12.2015).

La causa en la que estaba imputada Herrera de Noble se inició en el año 2001 por el delito de falsificación de documento público, es decir, por las sospechas de la falsificación del expediente de adopción de Felipe y Marcela Noble Herrera.

Además de la dueña de Clarín, estaban imputados Ignacio Fabio Katz, Norma Nélida Teresa Cadoppi por la apropiación y Aldo Rico como el entregador. Herrera de Noble fue indagada el 19 de diciembre de 2002. Luego de la exclusión del cotejo de las muestras del Banco Nacional de Datos Genéticos, sus abogados pidieron el sobreseimiento en esta causa en la que ya tenía “falta de mérito”. Arroyo Salgado corrió vista al fiscal para acreditar si había otras pruebas. El 6 de octubre, el fiscal federal Fernando Domínguez dijo no sólo que no era procedente el sobreseimiento sino que además pidió una ampliación de indagatoria por el resto de los delitos. La respuesta de la jueza se conoció ayer con el sobreseimiento.

Uno de los datos de la causa es que la justicia no dio por probada ni descartada la ilegalidad de la adopción. Una de las pruebas más importantes del expediente terminó siendo el cotejo genético con el BNDG que dio negativo. “Siendo ello así y evacuada entonces la tantas veces postergada pericia genética se impone, como fuera adelantado, resolver su situación procesal; respecto de lo cual, adelanto, adoptaré un temperamento de corte liberatorio.” 

Al responder el rechazo a una nueva indagatoria, Arroyo Salgado agregó un párrafo más parecido a un alegato de defensa. “El pedido (...) pareciera responder más bien a una ciega intención de persecución del Ministerio Público Fiscal al que pertenece el magistrado con el afán de dar continuidad y/o justificar los agravios que la calificaron exponencial y públicamente de ‘apropiadora’ a la presentante.” 

La resolución también contempla sobreseimientos para el resto de los imputados. Abuelas de Plaza de Mayo no participa desde hace seis meses en la causa por decisión de la jueza que apartó al organismo de la querella.

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